Tarjetas revolving ¿qué son y cómo funcionan?

Tarjetas Revolving - peligros y cómo funcionan

Las tarjetas revolving están en boca de todos por la resolución del Tribunal Supremo que resolverá el recurso de la entidad WiZink contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Santander por la deuda generada por una de sus tarjetas a un interés del 27%.

¿Qué es una tarjeta revolving y cuál es su tipo de interés?

La primera vez que tuve conocimiento de las tarjetas revolving fue con el paquete de tarjetas que el Banco Santander te adjudicaba junto a la desaparecida Cuenta 1,2,3. El Banco, en sus condiciones, te obligaba a contar con una tarjeta de débito, una de crédito y la susodicha revolving (hoy en día llamada Santander Plus), tarjeta que debo reconocer ni siquiera llego a estar dentro de mi cartera (principalmente porque con la de débito y crédito tenía suficiente y porque su nombre, directamente, me olió a chamusquina).

La tarjeta revolving se asemeja a una tarjeta de crédito, pero tiene la característica de que los importes devueltos renuevan la capacidad de endeudamiento que tenemos bajo palabras como “cuota fácil”, “paga a tu ritmo”, “flexibilidad”, “comodidad” y cuantos sinónimos puedas imaginar, sin olvidarnos que siempre se ofrecen sin cuotas de emisión o renovación. Vamos, que «fulanito el del banco» te hace un favor al concederte una de estas tarjetas, mientras que los comerciales de centro comercial no hacen sino vender unas bondades que realmente no existen.

El problema de estas tarjetas es su elevado tipo de interés. Además del caso WiZink que analiza el supremo y cuya sentencia sobre las tarjetas revolving se conoció a principios de marzo de 2020, con un TAE del 27%, lo normal es que la TAE de estas tarjetas no baje del 20%.

¿Dónde está el problema de las tarjetas revolving?

Estas tarjetas tienen varios problemas. El primero de ellos es que las entidades financieras no analizan el perfil crediticio del titular, por lo que es complicado conocer si una persona va a tener una capacidad adecuada de devolver un crédito o no. Estas tarjetas se reparten como caramelos en la cabalgata de reyes.

Otro de los problemas es que en aras de la flexibilidad prometida, permiten al usuario elegir la cantidad a devolver cada mes. Con una cantidad mínima (apenas 30 euros en algunos casos o un porcentaje de la deuda) a pagar cada mes, la deuda puede convertirse en perpetua. Así lo avisa el Banco de España en su portal del cliente bancario que no duda en calificar este tipo de tarjetas como “bola de nieve”.

Por poner un ejemplo, si pagamos 1.000 euros con una tarjeta revolving que tenga un interés anual del 25% y elegimos devolverlo en cuotas de 50 euros al mes, el primer mes abonaremos 20,83 euros de intereses y 29,17 euros de capital. Es decir, a pesar de haber pagado 50 euros, nuestra deuda aún será de 970,83 euros. El segundo mes, con las mismas condiciones, pagaremos otros 50 euros, de los que 20,23 se destinarán al pago de los intereses y solo 29,77 euros al capital.

La cosa sería más grave si elegimos una cuota de 30 euros al mes ya que el principal apenas se reduciría en 9 euros al mes, destinando un 90% de nuestros 50 euros a pagar intereses.

El Banco de España ofrece un simulador para comprobar cuál sería la evolución de nuestra deuda abonada con una tarjeta revolving.

¿Qué hacer si estamos atrapado en un crédito revolving?

Lo primero que habría que hacer es solventar la deuda; aunque sea doloroso pagar de golpe toda la deuda, es la mejor solución para evitar seguir pagando los elevados intereses que generan. En la medida de lo posible, tenemos que evitar los créditos con altos intereses y optar por pagar en efectivo o, si no es posible, beneficiarnos de las promociones de muchas tiendas de aplazar las compras sin intereses (si bien es probable que haya que pagar siempre una cuota de apertura).

Baso mi recomendación de pagar cuanto antes, porque ante una posible denuncia será un tribunal el que determine si tenemos razón o no y en caso de perder el proceso, podemos encontrarnos con un varapalo muy duro

Una vez que hayamos solventado la deuda, será el momento de plantearnos una denuncia contra la entidad emisora de la tarjeta. La decisión del Supremo del 26 de febrero de 2020 ayudará a determinar las posibilidades de éxito o no de nuestra demanda y siempre podremos acudir a una asociación de usuarios bancarios (ASUFIN o ADICAE, por ejemplo) para asesorarnos a la hora de plantear una denuncia.

Las posibilidades será alegar la ley de usura de 1908, que considera “nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte leonino”. Para que esto sea así, será fundamental que el Supremo equipare las tarjetas revolving a los créditos al consumo, de forma que la TAE de las revolving sea, prácticamente, tres veces superior a la TAE media del crédito al consumo.

Otra opción, es la que apunta Patricia Suárez, máxima responsable de ASUFIN que considera que “la forma de liquidación de un crédito revolving es compleja y difícil de entender para un consumidor medio”. En este caso estaríamos alegando falta de transparencia en la comercialización de este producto, algo factible si nos vamos a las palabras “flexible”, “cómodo”, “cuota fácil” y similares que la banca ha utilizado para promocionar estas tarjetas.

¿Cómo puede solucionarse el problema de las tarjetas revolving?

Más allá de las tarjetas revolving el problema radica en el excesivo endeudamiento que se empieza a registrar por créditos al consumo, aspecto que lleva a muchos expertos a alertar de la formación de una nueva burbuja.

El Ministerio de Economía aprobó hace unos meses una orden ministerial (aún pendiente de ser aprobada por el Congreso) en la que obliga a los bancos no solo a estudiar la idoneidad de los titulares de una tarjeta revolving, sino también a limitar el crédito a una persona cuyos créditos superen el 40% de sus ingresos netos.

Otra solución es lo que hace el gobierno en Portugal que fija, cada trimestre, los tipos máximos de interés a los que las entidades financieras pueden conceder sus créditos. De esta forma, hay un tipo máximo para el crédito al consumo, otro para los créditos de estudios… a veces es necesario llevar intervenir en la economía.